201605.17
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Cuotas de la comunidad

¿Los recibos de las cuotas de comunidad los puede firmar el administrador de fincas de dicha comunidad?


Quien ejerce las funciones de Secretario, es quién se encarga de ejecutar los presupuestos acordados en Junta, velar por su cumplimiento y realizar los cobros y pagos, por lo tanto los recibos deberán ser firmados por el mismo. Así mismo, cabe reseñar que el secretario-administrador es quien ostenta la capacidad de certificar el contenido de las actas, así como la deuda de los comuneros, debiendo constar el visto bueno del Presidente.

FUENTE: http://www.elderecho.com/actualidad/Cuotas-comunidad_25_951500005.html

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