201502.16
0

Aprobada la nueva Directiva que facilita la información sobre infracciones de tráfico entre los Estado miembros

El pleno de la Eurocámara ha aprobado de forma definitiva —por 640 votos a favor, 61 en contra y 6 abstenciones— una nueva directiva para facilitar la ejecución de las multas de tráfico impuestas a los conductores en otro Estado miembro distinto del de residencia. La norma vigente fue anulada en mayo por el Tribunal de Justicia de la UE por un defecto jurídico.

   La ponente parlamentaria, la socialista española Inés Ayala, ha dicho que la directiva permitirá «combatir la impunidad» y contribuirá al objetivo de reducir las muertes en carretera. «Servirá como elemento disuasorio para los conductores extranjeros, que ahora saben que se les puede notificar cualquier infracción que cometan fuera de su país», ha señalado.

Base jurídica

Recordemos que la Directiva 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre, por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, fue anulada por Sentencia TJUE (Sala Gran Sala) de 6 mayo 2014 C-43.

Dicha sentencia estableció que Directiva fue adoptada sobre una base jurídica errónea, el art. 87 del Tratado Fundacional de la Unión Europea (TFUE), precepto que hace referencia a la cooperación policial entre los servicios competentes en los ámbitos de la prevención o la detección de “infracciones penales” y de las investigaciones en la materia.

Las medidas destinadas a mejorar la seguridad vial forman parte de la política de transportes, y la Directiva debería haber sido adoptada sobre la base del art. 91 TFUE, al integrarse en el concepto de “medidas que permiten mejorar la seguridad en los transportes”, en el sentido de este artículo.

No obstante,  se mantenían los efectos de la Directiva 2011/82/UE hasta la entrada en vigor, en un plazo razonable que no podía exceder de doce meses, de una nueva directiva con la base jurídica adecuada, en concreto, el artículo 91 TFUE, apartado 1, letra c). Por tanto la Directiva anulada está aplicándose provisionalmente hasta el 6 de mayo de 2015.

Se aplicará también a Reino Unido, Irlanda y Dinamarca

  La norma aprobada por la Eurocámara corrige la base jurídica (que pasa a ser transporte y no cooperación judicial, tal y como pedía el Tribunal), pero no introduce ninguna modificación sustancial. Así, el alcance de la nueva directiva será el mismo que el de la anulada, que continúa aplicándose de forma provisional hasta el 6 de mayo de 2015.

   El cambio de base legal supone que la directiva se aplicará en los 28 Estados miembros, incluyendo a Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, que hasta ahora habían quedado fuera. A estos países se les da un plazo extra, hasta mayo de 2017, para adoptar las disposiciones nacionales necesarias.

Infracciones sobre las que se intercambian información los Estados

   La norma establece un procedimiento de intercambio de información entre Estados miembros relativa aocho infracciones en materia de seguridad vial:

  • exceso de velocidad
  • no utilización del cinturón de seguridad
  • no detención ante un semáforo en rojo
  • conducción en estado de embriaguez
  • conducción bajo los efectos de drogas
  • no utilización del casco de protección
  • circulación por un carril prohibido
  • y utilización ilegal de un teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.

   Con este sistema, los Estados miembros pueden acceder en otros países a los registros nacionales de matriculación de vehículos y, así, determinar la persona responsable de la infracción.

   Según los datos de Bruselas, los conductores extranjeros representan el 5% del tráfico pero alcanzan el 15% de las infracciones por exceso de velocidad. Hasta hace poco, muchas de ellas quedaban sin castigo porque los países no podían perseguir a los conductores cuando volvían a su lugar de residencia. (EUROPA PRESS)


Fuente: http://noticias.juridicas.com/actual/4522-aprobada-la-nueva-directiva-que-facilita-la-informacion-sobre-infracciones-de-trafico-entre-los-estado-miembros.html

Deja tu comentario

Tu correo electronico no sera publicado. Los campos marcados es obligatorio rellenarlos. *